Nuevas reglas para la facturación del transporte terrestre comercial 2026

SRI establece nuevas reglas para la facturación del transporte terrestre comercial

El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió la Resolución NAC-DGERCGC26-00000024, mediante la cual establece nuevas reglas para el cumplimiento de los deberes formales de quienes realizan actividades de transporte terrestre comercial, con excepción del servicio de taxis.

La resolución introduce cambios importantes en la forma de emitir comprobantes electrónicos, la actualización del Registro Único de Contribuyentes (RUC) y la relación de facturación entre las operadoras de transporte y sus socios o accionistas.

Si tu empresa pertenece al sector del transporte o utilizas un sistema de facturación electrónica, estos cambios son importantes para mantener el cumplimiento tributario.

¿A quién aplica esta resolución?

La normativa aplica a las siguientes modalidades de transporte terrestre comercial:

  • Transporte escolar e institucional.
  • Transporte turístico.
  • Transporte alternativo excepcional.
  • Transporte de carga pesada.
  • Transporte de carga liviana.
  • Transporte mixto.

El servicio de taxis no forma parte del alcance de esta resolución.

El cambio más importante: ¿quién debe emitir la factura?

Uno de los principales cambios es la definición de quién debe facturar al cliente final.

A partir de esta resolución:

  • La operadora de transporte será la responsable de emitir la factura al cliente.
  • Los socios o accionistas deberán emitir sus comprobantes únicamente a la operadora a la que pertenecen.

Esto significa que los socios ya no podrán emitir facturas directamente a los clientes por los servicios realizados dentro de la operadora.

Con esta medida, el SRI busca unificar la facturación y mejorar la trazabilidad de las operaciones del sector.

La placa del vehículo pasa a ser un dato obligatorio en la factura electrónica

Otra de las novedades más relevantes es la incorporación obligatoria del número de placa del vehículo en la factura electrónica emitida por las operadoras.

Este dato deberá registrarse utilizando el campo «placa» definido en la ficha técnica de comprobantes electrónicos del SRI.

Para muchas empresas esto implicará realizar ajustes en sus sistemas de facturación electrónica para garantizar que la información sea enviada correctamente al SRI.

Cambios en el Registro Único de Contribuyentes (RUC)

La resolución también incorpora modificaciones relacionadas con el RUC de los socios de las operadoras.

Entre ellas:

  • Registrar la actividad económica correspondiente al servicio prestado exclusivamente a operadoras.
  • Asociar cada socio con la operadora correspondiente.
  • Verificar el título habilitante emitido por la autoridad competente.

Además, el SRI actualizará de oficio la actividad económica de muchos contribuyentes que ya cuenten con información vigente.

Nuevos códigos de actividad económica (CIIU)

La resolución establece actividades económicas específicas para cada modalidad de transporte comercial.

H49220101: TRANSPORTE SERVICIO ALTERNATIVO-EXCEPCIONAL
Actividades de transporte de pasajeros por carretera: servicios regulares de autobuses de larga distancia,
servicios de viajes contratados y otros servicios ocasionales de transporte en autobús, tricimotos, mototaxis, triciclos motorizados servicios de enlace con aeropuertos.

H49220102: TRANSPORTE TURÍSTICO
Transporte de pasajeros por carretera; servicios regulares de excursiones y otros servicios ocasionales de transporte.

H49220501: TRANSPORTE ESCOLAR E INSTITUCIONAL
Servicios de autobuses escolares y autobuses para el transporte de empleados

H49230101: TRANSPORTE DE CARGA PESADA
Todas las actividades de transporte de carga por carretera, incluido en camionetas de: troncos, ganado, transporte refrigerado, carga pesada, carga a granel, incluido el transporte en camiones cisterna, automóviles, desperdicios y materiales de desecho, sin recogida ni eliminación.

H49230501: TRANSPORTE DE CARGA LIVIANA
Otros tipos de transporte regular o no regular de carga por carretera.

H49230501: TRANSPORTE MIXTO
Otros tipos de transporte regular o no regular de carga por carretera.

H49230601: TRANSPORTE MIXTO
Otros tipos de transporte no regular de pasajeros por vía terrestre n.c.p.

Esto permitirá que la información registrada en el RUC sea más precisa y facilite los procesos de control tributario.

¿Qué sucede con la deducibilidad de gastos?

El SRI también aclara que únicamente podrán considerarse gastos deducibles aquellos sustentados con comprobantes de venta emitidos por operadoras de transporte terrestre comercial debidamente autorizadas.

Por ello, es importante que las empresas verifiquen que los comprobantes recibidos cumplan con los requisitos establecidos en la nueva normativa.

¿Cambian el IVA o las retenciones?

No.

La resolución no modifica las tarifas del IVA ni los porcentajes de retención vigentes.

Los cambios se enfocan principalmente en:

  • la emisión de comprobantes de venta;
  • la organización de la facturación;
  • el registro de actividades económicas;
  • el cumplimiento de deberes formales.

Plazos establecidos por la resolución

La normativa establece varios plazos para su implementación:

30 días

Los socios que aún no hayan informado correctamente su operadora deberán actualizar su RUC.

45 días

El SRI realizará la actualización de oficio de determinadas actividades económicas.

90 días

Las operadoras deberán adecuar sus sistemas de facturación electrónica para incorporar el campo obligatorio de la placa del vehículo.

¿Qué deben hacer las empresas?

Si tu empresa pertenece al sector del transporte terrestre comercial, es recomendable:

  • Revisar que la información del RUC se encuentre actualizada.
  • Verificar que la facturación se realice conforme al nuevo esquema establecido por el SRI.
  • Confirmar que el sistema de facturación electrónica permita registrar la placa del vehículo en las facturas.
  • Capacitar al personal encargado de la emisión de comprobantes para evitar incumplimientos.

¿Cómo puede ayudarte FastFact?

En FastFact trabajamos constantemente para mantener nuestro sistema actualizado conforme a la normativa tributaria ecuatoriana.

Si tu empresa utiliza nuestros servicios de facturación electrónica o ERP, las adecuaciones necesarias para cumplir con esta resolución serán incorporadas dentro de las actualizaciones correspondientes, permitiéndote continuar facturando con tranquilidad y conforme a los requisitos del SRI.

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Preguntas frecuentes (FAQ)

¿La resolución aplica a los taxis?

No. La Resolución NAC-DGERCGC26-00000024 excluye expresamente al servicio de taxis.

¿Quién debe emitir la factura al cliente?

La factura debe ser emitida por la operadora de transporte. Los socios únicamente facturan a la operadora.

¿Es obligatorio registrar la placa del vehículo?

Sí. Las operadoras deberán incluir la placa del vehículo en la factura electrónica utilizando el campo definido por el SRI.

¿Cambian las tarifas de IVA?

No. La resolución no modifica las tarifas del IVA ni los porcentajes de retención.

¿Las empresas deben actualizar sus sistemas?

Sí. Las operadoras deberán adaptar sus sistemas de facturación electrónica para cumplir con los nuevos requisitos establecidos por el SRI.

 

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